Cuando los instrumentos móviles de un equipo de trabajo puedan entrañar riesgos de percance por contacto mecánico deberán ir equipados con resguardos o dispositivos que impidan el comunicación a las zonas peligrosas o que detengan las maniobras peligrosas antiguamente del llegada a dichas zonas. Concretamente, la Directiva 89/654/CEE, de 30 https://henryo134mnl6.blog2freedom.com/profile