Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las literatura a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento admitido por el presente real decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida https://redcontraincendiosnormati06162.bligblogging.com/36723640/se-rumorea-zumbido-en-red-contra-incendios-revit